Ayudas para: Contratación de tecnólogos
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención: La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 100.000.000 € en forma de préstamo, 1.450.000 € en forma de subvención.
Gastos subvencionables: Se consideran financiables aquellos conceptos que estén directamente relacionados con el desarrollo de la actuación. La financiación podrá aplicarse a los siguientes conceptos, según lo establecido en el artículo decimoquinto de la Orden ECI/266/2008:
a) Los gastos de personal derivados de la contratación de los tecnólogos FPGS a jornada completa de acuerdo con el convenio colectivo. Se entiende por tal gasto la suma de la retribución bruta, de acuerdo con lo declarado en el modelo 190 del IRPF, más la cuota empresarial de la Seguridad Social [Cuota patronal anual satisfecha a la Seguridad Social por ese empleado, calculada atendiendo a la Base de Cotización (expresada en los modelos TC2 debidamente identificada) multiplicada por el coeficiente final resultante de la aportación del beneficiario a la Seguridad Social] por ese empleado incorporados en régimen de dedicación exclusiva.
Las actuaciones de comprobación de la justificación verificarán los datos del personal contratado para asegurar que no se incurre en doble financiación.
Se precisará adjuntar certificado de la administración de la Seguridad Social en los supuestos de suspensión del contrato recogidos en los apartados c y d del artículo 45 del estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
b) Los gastos de consultoría o servicios equivalentes destinados a la formación inicial, que obligatoriamente tiene que realizar cada tecnólogo FPGS contratado, por el que se solicite ayuda en esa convocatoria, relacionada con su participación en el proyecto de I+D que se desarrolle y los viajes, alojamiento y manutención derivados de la asistencia a la parte presencial de la misma
Plazo para solicitar la ayuda: 10 Febrero 2011
Quién puede solicitar la ayuda: Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se concedan al amparo de este subprograma: a) las empresas, b) los centros tecnológicos, c) los centros de apoyo a la innovación tecnológica, d) las asociaciones empresariales, e) los parques científicos y tecnológicos.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Ministerio de Ciencia e Innovación
Ámbito de las ayudas: Nacional
Más información: ORDEN de 10 de diciembre de 2010 Orden CIN/3214/2010, de 10 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2011 del procedimiento de concesión de las ayudas correspondientes al subprograma Inncorpora, para la contratación de tecnólogos con titulaciones de formación profesional de grado superior o equivalente, dentro del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I D i) 2008-2011.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (BOE) del 14 de diciembre de 2010
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención: La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 100.000.000 € en forma de préstamo, 1.450.000 € en forma de subvención.
Gastos subvencionables: Se consideran financiables aquellos conceptos que estén directamente relacionados con el desarrollo de la actuación. La financiación podrá aplicarse a los siguientes conceptos, según lo establecido en el artículo decimoquinto de la Orden ECI/266/2008:
a) Los gastos de personal derivados de la contratación de los tecnólogos FPGS a jornada completa de acuerdo con el convenio colectivo. Se entiende por tal gasto la suma de la retribución bruta, de acuerdo con lo declarado en el modelo 190 del IRPF, más la cuota empresarial de la Seguridad Social [Cuota patronal anual satisfecha a la Seguridad Social por ese empleado, calculada atendiendo a la Base de Cotización (expresada en los modelos TC2 debidamente identificada) multiplicada por el coeficiente final resultante de la aportación del beneficiario a la Seguridad Social] por ese empleado incorporados en régimen de dedicación exclusiva.
Las actuaciones de comprobación de la justificación verificarán los datos del personal contratado para asegurar que no se incurre en doble financiación.
Se precisará adjuntar certificado de la administración de la Seguridad Social en los supuestos de suspensión del contrato recogidos en los apartados c y d del artículo 45 del estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
b) Los gastos de consultoría o servicios equivalentes destinados a la formación inicial, que obligatoriamente tiene que realizar cada tecnólogo FPGS contratado, por el que se solicite ayuda en esa convocatoria, relacionada con su participación en el proyecto de I+D que se desarrolle y los viajes, alojamiento y manutención derivados de la asistencia a la parte presencial de la misma
Plazo para solicitar la ayuda: 10 Febrero 2011
Quién puede solicitar la ayuda: Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se concedan al amparo de este subprograma: a) las empresas, b) los centros tecnológicos, c) los centros de apoyo a la innovación tecnológica, d) las asociaciones empresariales, e) los parques científicos y tecnológicos.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención: Ministerio de Ciencia e Innovación
Ámbito de las ayudas: Nacional
Más información: ORDEN de 10 de diciembre de 2010 Orden CIN/3214/2010, de 10 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2011 del procedimiento de concesión de las ayudas correspondientes al subprograma Inncorpora, para la contratación de tecnólogos con titulaciones de formación profesional de grado superior o equivalente, dentro del Programa Nacional de Contratación e Incorporación de Recursos Humanos de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I D i) 2008-2011.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO (BOE) del 14 de diciembre de 2010