Ayudas para: Desarrollo de empresas
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Será de 15.000 euros, pudiendose aumentar hasta en 200.000 euros
Gastos Subvencionables:
Personal propio que participe en el programa o proceso de mejora, hasta una cuantía máxima de 5.000 € por beneficiario; el gasto en la consultoría externa realizada para el diagnóstico previo, la definición del programa de mejora, las evaluaciones finales y las certificaciones; el gasto de contratación externo para la implantación del programa o proceso de mejora; otros gastos directamente imputables a las actuaciones subvencionables indicadas en el apartado segundo.
Plazo para solicitar la ayuda: 02 Marzo 2012
Quién puede solicitar la ayuda:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) cuyo objeto social corresponda al sector de tecnologías de la información y las comunicaciones que, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón o con delegaciones en dicha Comunidad Autónoma, efectúen inversiones o gastos relacionados con las actuaciones subvencionables previstas en el apartado anterior y sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado quinto de la presente Orden. 2. Las subvenciones previstas en esta Orden a favor de las empresas tendrán la consideración de ayudas de mínimis, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis. 3. No podrán obtener la condición de beneficiario quienes se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos defi nidos en el punto 1 como beneficiarios. 4. No podrán obtener la condición de benefi ciario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte del benefi ciario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma. 5. La empresa deberá haber iniciado su actividad como tal con anterioridad a la presentación de la solicitud
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad
Ámbito de las ayudas:
Aragón
Más información: ORDEN de 18 de enero de 2012 ORDEN de 18 de enero de 2012, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan subvenciones a favor de la implantación de calidad y de mejora de la productividad en empresas del sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones para el año 2012.
BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN del 8 de febrero de 2012
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Será de 15.000 euros, pudiendose aumentar hasta en 200.000 euros
Gastos Subvencionables:
Personal propio que participe en el programa o proceso de mejora, hasta una cuantía máxima de 5.000 € por beneficiario; el gasto en la consultoría externa realizada para el diagnóstico previo, la definición del programa de mejora, las evaluaciones finales y las certificaciones; el gasto de contratación externo para la implantación del programa o proceso de mejora; otros gastos directamente imputables a las actuaciones subvencionables indicadas en el apartado segundo.
Plazo para solicitar la ayuda: 02 Marzo 2012
Quién puede solicitar la ayuda:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) cuyo objeto social corresponda al sector de tecnologías de la información y las comunicaciones que, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Aragón o con delegaciones en dicha Comunidad Autónoma, efectúen inversiones o gastos relacionados con las actuaciones subvencionables previstas en el apartado anterior y sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado quinto de la presente Orden. 2. Las subvenciones previstas en esta Orden a favor de las empresas tendrán la consideración de ayudas de mínimis, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.º 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis. 3. No podrán obtener la condición de beneficiario quienes se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos defi nidos en el punto 1 como beneficiarios. 4. No podrán obtener la condición de benefi ciario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte del benefi ciario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma. 5. La empresa deberá haber iniciado su actividad como tal con anterioridad a la presentación de la solicitud
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Departamento de Ciencia, Tecnología y Universidad
Ámbito de las ayudas:
Aragón
Más información: ORDEN de 18 de enero de 2012 ORDEN de 18 de enero de 2012, del Consejero de Industria e Innovación, por la que se convocan subvenciones a favor de la implantación de calidad y de mejora de la productividad en empresas del sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones para el año 2012.
BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN del 8 de febrero de 2012