Ayudas para: Nuevas tecnologías
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
La cuantía de la ayuda será la siguiente:
a) En el caso de las agrupaciones del epígrafe a), b), c) y d) del punto 1 del apartado tercero de la presente Resolución, el 40 por ciento del total de la inversión. Dicho porcentaje será del 50 por ciento cuando las explotaciones estén ubicadas en zonas desfavorecidas.
b) En el caso de las agrupaciones de los epígrafes e) y f) del punto 1 del apartado tercero de la presente Resolución, el 20 por ciento del total de la inversión.
Dicho porcentaje será del 30 por ciento cuando las explotaciones estén ubicadas en zonas desfavorecidas.
Gastos Subvencionables:
Derivados de implantación de nuevas tecnologías, En cuanto a los gastos subvencionables, será de aplicación lo que se dispone en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, así como lo que se establece en el artículo 83 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Plazo para solicitar la ayuda: 09 Diciembre 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellos que, en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, sean: a) Sociedades cooperativas del ámbito agrario y sus agrupaciones o uniones b) Sociedades agrarias de transformación (SAT) c) Asociaciones de Defensa Vegetal (ADV) y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADS), sólo para maquinaria y equipos propios de sus actividades específicas d) Sociedad Rural Menorquina (SRM), como agrupación agraria con personalidad jurídica propia de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears e) Agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia f) Agrupaciones sin personalidad jurídica propia, basadas en un pacto contractual reconocido por el FOGAIBA, según el Anexo III, y suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio
Ámbito de las ayudas:
Islas Baleares
Más información: RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2011 Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 25 de octubre de 2011, por la que se convocan ayudas para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios, para el año 2011.
BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES del 29 de octubre de 2011
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
La cuantía de la ayuda será la siguiente:
a) En el caso de las agrupaciones del epígrafe a), b), c) y d) del punto 1 del apartado tercero de la presente Resolución, el 40 por ciento del total de la inversión. Dicho porcentaje será del 50 por ciento cuando las explotaciones estén ubicadas en zonas desfavorecidas.
b) En el caso de las agrupaciones de los epígrafes e) y f) del punto 1 del apartado tercero de la presente Resolución, el 20 por ciento del total de la inversión.
Dicho porcentaje será del 30 por ciento cuando las explotaciones estén ubicadas en zonas desfavorecidas.
Gastos Subvencionables:
Derivados de implantación de nuevas tecnologías, En cuanto a los gastos subvencionables, será de aplicación lo que se dispone en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, así como lo que se establece en el artículo 83 del Real Decreto
887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Plazo para solicitar la ayuda: 09 Diciembre 2011
Quién puede solicitar la ayuda:
Pueden ser beneficiarios de las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellos que, en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, sean: a) Sociedades cooperativas del ámbito agrario y sus agrupaciones o uniones b) Sociedades agrarias de transformación (SAT) c) Asociaciones de Defensa Vegetal (ADV) y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADS), sólo para maquinaria y equipos propios de sus actividades específicas d) Sociedad Rural Menorquina (SRM), como agrupación agraria con personalidad jurídica propia de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears e) Agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia f) Agrupaciones sin personalidad jurídica propia, basadas en un pacto contractual reconocido por el FOGAIBA, según el Anexo III, y suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de las Illes Balears.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio
Ámbito de las ayudas:
Islas Baleares
Más información: RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2011 Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), de 25 de octubre de 2011, por la que se convocan ayudas para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios, para el año 2011.
BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES del 29 de octubre de 2011