91 197 67 48    hola@redautonomos.es

Banner Cursos Red Autónomos

subvenciones a proyectos de ahorro y eficiencia energética para el ejercicio 2011


Ayudas para: La eficiencia energética
Tipo de Subvención: Económica
Cuantía de la Subvención:
A la señalada cuantía hay que añadir la consignada en el presupuesto del Instituto Energético de Galicia, que para este ejercicio cuenta con una partida de 1.035.770 euros destinada finalmente a la línea de ayudas de renovación de instalaciones de alumbrado exterior, de la que un 70% corresponde a fondos comunitarios derivados del Programa operativo Feder-Galicia 2007/2013, para actuaciones desarrolladas por la Xunta de Galicia (tramo autonómico) encuadradas en el Eje 4, medida 43, actuación 2 (Programa de ayudas públicas para el uso racional de la energía –Sector servicios públicos– Renovación de las instalaciones de alumbrado público exterior existentes). El 30% restante procede del Fondo de Compensación Interterritorial (FCI).
Gastos Subvencionables:
1. Los posibles gastos objeto de subvención son los recogidos según el tipo de actividad que se subvencione en el anexo I de las presentes bases, entendiéndose por coste elegible aquellos conceptos de gasto que pueden ser objeto de subvención.
2. El impuesto sobre el valor añadido (IVA) se subvencionará:
• Cuando el solicitante de la ayuda sea una entidad sin ánimo de lucro o un particular y, en ambos casos, efectúen una declaración responsable de que el objeto de la subvención no se destina ni se adscribe a actividad empresarial o profesional (anexo II ADM 03).
Cuando el solicitante sea una administración pública y de la certificación que debe
presentar por el artículo 5, apartado A.2, punto 4 de estas bases, se derive que no puede
repercutir tal impuesto.
3. No se subvencionan los gastos que se realicen en pago de licencias, gastos sometidos a aranceles, adquisición de bienes de segunda mano y los recogidos con tal carácter en el artículo 29 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. Al existir cofinanciación comunitaria, además de los referidos supuestos, se estará a lo dispuesto en la Orden EHA/524/2008, de 26 de febrero, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) y del Fondo de Cohesión (BOE n.º 53, del 1 de marzo).
Plazo para solicitar la ayuda: 14 Noviembre
Quién puede solicitar la ayuda:
Podrán obtener la condición de beneficiarios las personas y entidades especificadas para cada una de las líneas de ayudas en el anexo I de estas bases, que se referirán a todos o parte de los siguientes supuestos generales: a) Las personas físicas mayores de edad o emancipadas que tengan plena capacidad de obrar. b) Las empresas legalmente constituidas y los empresarios autónomos. c) Las empresas que tengan contratada la gestión energética de inmuebles e instalacio¬nes de titularidad pública o privada, y que el objeto de los correspondientes contratos sea la consecución de ahorro económico derivado
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Instituto energético de Galicia
Ámbito de las ayudas: Galicia
Más información: RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2011   RESOLUCIÓN de 2 de septiembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones a proyectos de aho¬rro y eficiencia energética para el ejercicio 2011, en el marco del convenio sus¬crito entre el IDAE y el Inega el día 3 de julio de 2008 y con financiación en parte del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al amparo del Programa operativo Feder Galicia 2007-2013.
DIARIO OFICIAL DE GALICIA del 14 de septiembre de 2011