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Ayudas para transportistas autónomos

Ayudas para: Abandonar la actividad de transportista
Tipo de subvención: Económica
Cuantía de la subvención:
Las ayudas se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria 17.39.453M.772, «Programa de medidas para la mejora del sector del transporte por carretera» y su cuantía máxima será de 11.350.000,00 euros. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
Gastos Subvencionables:
Derivados de las tramitaciones pertinentes para el abandono de la actividad
Plazo para solicitar la ayuda:
Hasta el 04 de marzo del 2013
Quién puede solicitar la ayuda:
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. b) Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración. d) Estar incursas en alguno de los supuestos de la Ley 5/2006, de 10 de abril, de regulación de conflictos de intereses de los miembros del Gobierno y otros altos cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias. e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Ministerio de Fomento
Ámbito de las ayudas:
Nacional
Más información: Resolución de 24 de enero de 2013, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO del 4 de febrero de 2013