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Contrato indefinido (ordinario)

Requisitos del trabajador:

  • Ninguno.

Requisitos de la empresa:

  • Ninguno.

Formalización, duración y jornada:

Podrá ser verbal o escrito mediante modelo oficial y se comunicará al INEM en los 10 días siguientes a su concertación.

Características:

No se establecen límites de tiempo en la prestación de los servicios, en cuanto a la duración del contrato.

El contrato indefinido pude ser a jornada completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.

Cualquier trabajador, independientemente de la modalidad de su contratación, pasará a trabajador con contrato indefinido cuando:

  • Pasado el plazo legal del periodo de prueba el trabajador no haya sido dado de alta en la Seguridad Social.
  • Cuando el contrato haya incurrido en fraude de Ley.
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