Rigen las normas generales del Contrato de Interinidad.
Requisitos del trabajador:
- Ser minusválido y encontrarse desempleado e inscrito en el INEM.
Requisitos para la empresa:
- El objeto del contrato debe ser la sustitución de un trabajador minusválido en situación de incapacidad temporal.
- La duración del contrato ha de ser la misma que la de la incapacidad temporal.
Bonificaciones para la empresa:
- Bonificación del 100% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, incluidas las de accidente de trabajo y de enfermedades profesionales, y en las aportaciones empresariales de las cuotas de recaudación conjunta.