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La nueva Ley de Segunda Oportunidad ya ha sido publicada en el BOE y llega con novedades especialmente interesante para los autónomos, porque configura un sistema más eficaz y flexible, que facilitará las cosas a quienes están en una situación económica complicada y ya no pueden hacer frente a los pagos que tienen pendientes. Veamos sus novedades más importantes.

No es necesario liquidar el patrimonio del deudor

Con la legislación anterior, era necesario que el deudor hubiera liquidado todo su patrimonio como prueba de su buena fe. Si, tras hacerlo, seguía sin cubrir sus deudas, entonces la autoridad judicial podía exonerarle de la mismas.

El nuevo proceso es más benévolo con el deudor, y no le obliga a perder su casa. Si cumple el resto de requisitos previstos legalmente, el deudor no tiene que liquidar todo su patrimonio para poder optar a la exoneración de la deuda, puede mantener la que es su vivienda habitual.

En caso de tratarse de un autónomo, también puede conservar los bienes y derechos que sean necesarios para poder llevar a cabo su actividad.

Se reducen los requisitos de acceso

Con la legislación anterior, el deudor no podía acceder a la Segunda Oportunidades si había rechazado una oferta de empleo en los cuatro años anteriores a la declaración de concurso, pero con la nueva regulación este requisito va a desaparecer.

Por otro lado, tampoco será necesario llevar a cabo una negociación previa con los acreedores. Así que el acuerdo extrajudicial de pagos deja de ser requisito indispensable para optar a este procedimiento de exoneración de deudas.

Exoneración de deudas de carácter público

La jurisprudencia del Tribunal Supremo se ha mostrado favorable a la exoneración de deudas con la Seguridad Social y con Hacienda a través del proceso de Segunda Oportunidad.

La nueva regulación se adapta a la interpretación del Alto Tribunal y permitirá exonerar hasta 20.000 euros en deuda pública en el caso de autónomos y pymes. Eso sí, la cantidad se reparte a partes iguales entre la Seguridad Social y Hacienda.

Como límite, esta exoneración solo puede darse en la primera exoneración del pasivo insatisfecho, no en las que pudieran producirse después. Es decir, que si el sujeto tiene que pasar después por otro proceso de Segunda Oportunidad, no se le exonerará de este tipo de deudas.

Un proceso más rápido

Al desaparecer el requisito de intentar un acuerdo extrajudicial con los acreedores, el procedimiento deja de estar dividido en dos partes y será mucho más rápido.

Por otro lado, la competencia para conocer de estos procesos se atribuye en exclusiva a los Juzgados de lo Mercantil, que están más especializados en estos temas y tienen menos sobrecarga de trabajo que los Juzgados de Primera Instancia.

En la actualidad, el tiempo medio de resolución de un proceso de este tipo está en unos 20 meses. Con los cambios en la ley, se espera que el tiempo de espera quede por debajo de un año.

Un proceso más barato

En el antiguo proceso era necesaria la intervención de un gran número de profesionales cuyos honorarios debía abonar el deudor, como el Notario o el mediador concursal. El nuevo proceso es más sencillo y reduce la presencia de terceros en el mismo, lo que puede abaratar la tramitación cerca de un 25%.

Para los expertos, esta es una de las mejoras de la Ley de Segunda Oportunidad más destacables, porque permitirá el acceso al proceso a aquellos que de verdad no tienen recursos.

Se reduce el tiempo del plan de pagos

En caso de que la medida adoptada para aliviar la situación del deudor sea un plan de pagos a los acreedores, el tiempo de extensión del mismo se reduce de los cinco años de la legislación anterior a tres años.

No obstante, el plazo continuará siendo de cinco años en aquellos supuestos en los que no se haya enajenado la vivienda habitual del deudor, si los acreedores hacen esfuerzos más gravosos a favor del deudor, o si su riesgo de recobro es mayor.

Con todo esto, se busca crear un proceso de Segunda Oportunidad que sea más accesible para quienes realmente lo necesitan, y también con plazos de resolución más cortos, porque interesa resolver la situación del deudor lo antes posible. Por otro lado, se intenta proteger al máximo los derechos e intereses de todos los implicados.

 

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