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Prórroga de las ayudas a los autónomos

Prórroga de las ayudas a los autónomos

Tras semanas de negociación e incertidumbre comienza a vislumbrarse cómo será la nueva prórroga de las ayudas para los autónomos decretadas a raíz del estado de alarma.

Las nuevas medidas pretende ser una ayuda para muchos profesionales con una facturación reducida o que, incluso, sigan todavía sin poder trabajar.

La Seguridad Social y las llamadas "asociaciones representativas de los autónomos" (ATA, UATAE y UPTA) han llegado a un acuerdo para extender las ayudas hasta el 31 de enero de 2021. Además, se incluirán algunos cambios en dichas ayudas para que lleguen a un mayor número de autónomos.

Ayudas para el caso de cierre de negocios o descenso de la facturación

Con la nueva prórroga aparecen diferentes tipos de ayudas:

  • Cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia.
  • Cese de actividad por suspensión temporal de la actividad.
  • Cese de actividad de naturaleza extraordinaria (para quienes no tengan derecho a la prestación ordinaria por cese de actividad).
  • Cese de actividad para autónomos de temporada.

Cese de actividad por suspensión de la actividad o bajada de ingresos

En previsión de que en los próximos meses algunos negocios tengan que cerrar debido al aumento de los contagios, los autónomos afectados tendrán acceso a una nueva ayuda por cese de actividad que será del 50% de la base de cotización mínima. 

El importe de la ayuda se extenderá hasta el 70% de la base mínima de cotización si el autónomo afectado es miembro de una familia numerosa.

Quienes perciban esta prestación quedarán exentos de cotizar a la Seguridad Social durante el período que dure el confinamiento y también el mes posterior.

Aquellos autónomos cuyos ingresos sean un 75% más bajos durante el cuarto trimestre de 2020 que durante el cuarto trimestre de 2019, podrán acogerse a la prestación por cese de actividad aunque mantengan su negocio abierto. Siempre y cuando los rendimientos netos de este período no superen 1,75 veces el SMI (5,818,5 €).

En estos casos no se exigirá tener cubierto el período de cotización de un año para poder acceder a la prestación por cese de actividad, así que incluso los profesionales que estén disfrutando actualmente de la tarifa plana pueden solicitar la ayuda si la necesitan.

Los autónomos en régimen de pluriactividad pueden acceder a la prestación si la suma de sus retribuciones por trabajo asalariado y trabajo por cuenta propia no supera dos veces el SMI (2.090 euros al mes).

En ningún caso se computará el tiempo pasado cobrando la prestación extraordinaria por cese de actividad de cara a futuras prestaciones.

Cese de actividad de naturaleza extraordinaria


Quienes  no cumplan los requisitos para acceder a las ayudas anteriores pueden solicitar una ayuda por bajos ingresos si durante el último trimestre del año sus ganancias no superan el SMI (950 €).

En este casos se cobra el 50% de la base mínima de cotización, se aplica la exoneración de pagar las cuotas a la Seguridad Social y se contabiliza el tiempo cobrando la prestación como tiempo cotizado.

Ayudas para los autónomos de temporada


Los autónomos de temporada que no hayan estado de alta entre los meses de marzo y mayo de 2020 y hayan cotizado al menos 120 días entre junio y diciembre de 2018 y de 2019, recibirán una prestación de cuatro meses.

Cobrarán un 70% de la base mínima de cotización y tampoco tendrán que pagar las cuotas.

Más autónomos se beneficiarán de las ayudas

A la prórroga aprobada en el mes de junio solo pudieron acogerse 150.000 profesionales por cuenta propia, y ello a pesar de que unos 300.000 negocios siguen cerrados y 1,6 millones de autónomos han visto reducirse su facturación más de un 60%.

Con las nuevas medidas se pretende mejorar la protección. Según los cálculos de ATA unos 600.000 autónomos podrían acogerse a ellas durante los próximos meses.

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