Este servicio, destinado a pymes (pequeñas y medianas empresas), autónomos y emprendedores (sección empresas de nueva creación) les facilita el acceso rápido y gratuito a la información de ayudas y subvenciones procedentes de la Unión Europea, la Administración Central, las Comunidades Autónomas y las administraciones locales.
La información de ayudas para autónomos y subvenciones para empresas se actualiza diariamente. Las diferentes ayudas y subvenciones están ordenadas en las siguientes áreas temáticas:
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Tipo de subvención:
Para el fomento y promoción del autoempleo en el territorio de Castilla y León.
Plazo para solicitar la ayuda:
El período durante el cual se podrán presentar las solicitudes para esta convocatoria se extenderá desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el día 16 de octubre de 2023.
Quién puede solicitar la ayuda:
Aquellas personas que podrán ser beneficiarias de estas subvenciones son individuos físicos, incluyendo aquellos que sean parte de una entidad sin personalidad jurídica, y que decidan establecerse por cuenta propia. Además, deben haberse registrado como autónomos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente. Para ser elegibles, deben haberse dado de alta en este período específico: desde el día 5 de noviembre de 2022 hasta el día 2 de octubre de 2023, ambos días inclusive. Estos individuos que cumplan con los requisitos mencionados tendrán la posibilidad de ser beneficiarios de las subvenciones.
Cuantía:
La cantidad máxima de la subvención se calculará en base a las siguientes acciones subvencionables:
1. Si el solicitante demuestra el inicio de una actividad económica por cuenta propia, la cantidad de la subvención será de 5.000 €. Sin embargo, esta cifra podría aumentar si se cumplen determinadas circunstancias establecidas en las bases reguladoras de estas subvenciones.
2. En caso de que la acreditación esté relacionada con la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará el 75% del costo real de los servicios prestados, excluyendo el IVA, con un tope máximo de 2.000 €.
3. La comprobación de cursos de formación será subvencionada con el 75% del costo real de la formación recibida, excluyendo el IVA, con un límite máximo de 2.400 €.
Es importante tener en cuenta que el monto total de la subvención dependerá de la naturaleza y el alcance de las acciones subvencionables que el solicitante pueda acreditar, así como de las condiciones especificadas en las bases reguladoras.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Servicio Público de Empleo de Castilla y León
Ámbito de las ayudas:
Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Más información:
Resolución de 12 de julio de 2023, del Servicio Público de Empleo
de Castilla y León, por la que se convocan las subvenciones destinadas a fomentar el autoempleo en Castilla y León, para el año 2023. Ver extracto.
BDNS (Identif.): 708133
Sede electrónica para presentar las solicitudes: Sede Electrónica | Junta de Castilla y León (jcyl.es)
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Tipo de subvención:
En el año 2023, se ha convocado la concesión directa de subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que decidan trasladar su actividad económica a la Comunidad de Castilla y León desde otras comunidades autónomas. El propósito de estas subvenciones es fomentar la migración de negocios y actividades económicas hacia Castilla y León, con el objetivo de estimular el desarrollo económico y la generación de empleo en la región.
Plazo para solicitar la ayuda:El período durante el cual se podrán presentar las solicitudes para estas subvenciones comenzará a partir del día siguiente a la publicación de este extracto y se extenderá hasta el 30 de septiembre de 2023, siendo este último día inclusive.
Quién puede solicitar la ayuda:
Podrán ser beneficiarias de esta subvención aquellas personas trabajadoras por cuenta propia que estén comprendidas en el alcance de la Ley 20/2007, de 11 de julio, conocida como el Estatuto del Trabajo Autónomo. Estas personas deben estar registradas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y tener la intención de trasladar tanto su actividad económica como su domicilio a la Comunidad de Castilla y León. Además, para ser elegibles, estas personas deben cumplir con los siguientes requisitos:
En resumen, esta subvención está destinada a apoyar a las personas trabajadoras por cuenta propia que decidan mudar su actividad económica y su residencia a Castilla y León desde otra comunidad autónoma.
Administración o entidad que convoca la ayuda o subvención:
Consejería de Industria, Comercio y Empleo de Castilla y León.
Ámbito de las ayudas:
Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Más información:
Orden de 11 de julio de 2023, de la Consejería de Industria,
Comercio y Empleo, por la que se convocan las subvenciones para favorecer el establecimiento de trabajadores por cuenta propia o autónomos que trasladen su actividad económica a Castilla y León, procedentes de otras comunidades autónomas. Ver extracto.
BDNS (Identif.): 708465.
Sede electrónica para presentar las solicitudes: Sede electrónica