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Bonificaciones a la contratación 2019

Bonificaciones a la contratación 2019

En el año 2013 se aprobaron una serie de medidas de carácter temporal (la ley especificaba que se mantendrían hasta que la tasa de paro bajase del 15%) dirigidas especialmente al fomento de la contratación de personas jóvenes. En 2019 muchas de estas medidas han sido derogadas, pero todavía están en vigor varias bonificaciones para la contratación de personal.

Aquí te presentamos algunas de estas medidas:

Contrato para la formación y el aprendizaje

Es la única medida dirigida especialmente a los jóvenes. Bonifica el 100% de las cuotas a la seguridad social (el 75% en caso de empresas con más de 250 trabajadores) durante los tres primeros años. El requisito es contratar en esta modalidad a jóvenes menores de 25 años a los que ha de proporcionárseles formación en el puesto de trabajo (un 25% de la jornada debe destinarse a la formación). Los gastos en formación y tutorizaje del joven contratado están también subvencionados en forma de bonificaciones en las cuotas a la seguridad social.

Al finalizar estos contratos (o alguna de sus prórrogas), la empresa puede acogerse a una bonificación especial de 1500€ anuales durante tres años, si convierte el contrato de formación en un contrato indefinido.

Bonificaciones en la contratación de personas con discapacidad

Si se aplica el modelo de contrato de formación y aprendizaje, no aplica el límite de edad para personas con discapacidad. Además de esta existen otras bonificaciones dependiendo de las circunstancias concretas:

Contratos indefinidos o transformación en indefinido: 4500€ para menores de 45 años, 5.350 € si es mujer, y en caso de discapacidad severa 5.100 € o 5.950 € si es mujer, durante la vigencia del contrato. Y para mayores de 45 años: 5.700 € o 6,300 € (discapacidad severa) durante toda la vigencia.

Contrato temporal: 3500€ para menores de 45 años, 4.100€ si es mujer o con discapacidad severa (4.700€ para mujeres), durante toda la vigencia del contrato. Y para mayores de 45: 4.100€ (4.700 € si es mujer), o 4.700€ si es una discapacidad severa (5.300€ si es mujer), durante toda la vigencia del contrato.

Además, hay bonificaciones del 100% de la cuota empresarial por la contratación indefinida o temporal o conversión en indefinido de contratos temporales por un Centro especial de empleo, y para contratos de interinidad, durante toda la vigencia del contrato.

Bonificaciones por contratar a parados de larga duración

Los desempleados de larga duración son aquellos que llevan inscritos como demandantes de empleo, al menos, 12 meses de los últimos 18. La bonificación será de 108,33 €/mes (125 si es mujer) durante los 3 primeros años en contratos indefinidos. Esta bonificación obliga a mantener el nivel de empleo y al trabajador/a contratado/a durante un mínimo de dos años (en caso contrario, se han de devolver las bonificaciones).

Bonificaciones para otros colectivos prioritarios

Personas en riesgo de exclusión social: bonificación de 600€ en contratos indefinidos, 500€ en contratos temporales y 650€ en conversiones a contrato indefinido. La duración de la bonificación es de un máximo de 4 años en contratos indefinidos o durante toda la vigencia del contrato temporal.

Víctimas de violencia de género, trata de seres humanos y víctimas de terrorismo: bonificación de 1.500 € en contratos indefinidos y 600€ en los contratos temporales. La duración de la bonificación es de un máximo de 4 años en contratos indefinidos o durante toda la vigencia del contrato temporal.vigencia del contrato, 4 años si es indefinido.

Bonificaciones a la contratación de jóvenes derogadas en 2019

"Tarifa Joven"

Ésta ayuda podrá ser de aplicación a empresas y autónomos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que las contrataciones efectuadas sean indefinidas (incluso para fijos discontinuos)
  • Los contratados deberán ser personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con edades comprendidas entre los 16 y los 25 años (salvo personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, cuya edad máxima se amplía a 30).
  • La empresa deberá mantener la contratación durante, al menos, seis meses, y aumentar el nivel de empleo tanto indefinido como total de la empresa. En caso de incumplimiento, deberá reintegrar la bonificación disfrutada.
  • Las bonificaciones sólo podrán aplicarse una vez por cada uno de los beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil que contraten.

La cuantía y duración de las bonificaciones será de:

  • Contratos a tiempo completo: 300 euros al mes durante 6 meses.
  • Contratos a tiempo parcial: 225 euros al mes durante 6 meses cuando la jornada de trabajo sea equivalente a un 75 por ciento de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo y 150 euros al mes durante seis meses cuando la jornada de trabajo sea equivalente a un 50 por ciento de la correspondiente a un trabajador a tiempo completo.

Éstas ayudas a la contratación se aplicarán hasta el 30 de Junio de 2016 y son compatible con todo tipo de incentivos siempre que el importe mensual a cotizar por la empresa o el trabajador autónomo no sea negativo.


Contratación indefinida de jóvenes por parte de autónomos y microempresas

Autónomos y microempresas podrán contratar a jóvenes menores de 30 años con una bonificación del 100% de las cuotas de la seguridad social, durante un año, en contratación indefinida.

Requisitos de la empresa: autónomos y microempresas (hasta nueve trabajadores) que no hayan realizado despidos improcedentes en los seis meses anteriores en puestos de trabajo similares. Se establece un máximo de un contrato de este tipo y un compromiso de permanencia del trabajador de al menos 18 meses y de mantenimiento de empleo de al menos un año, salvo despido procedente.

Requisitos del trabajador: encontrarse en situación de desempleo y no haber estado contratado anteriormente por la empresa.


Contratación a tiempo parcial de jóvenes con vinculación formativa

Las empresas podrán contratar a jóvenes sin experiencia laboralcon una bonificación del 100% de las cuotas de la seguridad social, durante un año, prorrogable hasta dos siempre que el trabajador continúe compatibilizando el empleo con la formación.

Características del contrato: puede ser indefinido o de duración determinada, con una jornada máxima del 50%.

Requisitos de la empresa: mantenimiento del nivel de empleo durante el periodo estipulado en el contrato con un máximo de doce meses y no haber realizado despidos improcedentes en los seis meses anteriores en puestos de trabajo similares.

Requisitos del trabajador: se establecen tres posibilidades: experiencia laboral previa inferior a tres meses, proceder de otro sector de actividad o llevar desempleado doce meses. Los trabajadores deberán compatibilizar el empleo con la formación o justificar haberla realizado en los seis meses previos a la contratación.


Contrato “Primer empleo” joven

Las empresas podrán contratar a jóvenes sin experiencia laboral en condiciones ventajosas, con un contrato temporal de tres a seis meses que, en caso de transformarlo en  indefinido, tendrá una bonificación en las cuotas a la Seguridad Social de 500 euros durante tres años (700 euros en caso de contratar mujeres).

Características del contrato: mínimo de tres meses y máximo de seis, al menos a un 75% de la jornada a tiempo completo.

Requisitos de la empresa: mantenimiento del nivel de empleo durante un mínimo de doce meses a contar a raíz de la transformación en indefinido.
Requisitos del trabajador: jóvenes menores de 30 años, desempleados, con una experiencia laboral inferior a tres meses


Incentivos a los contratos en prácticas para el primer empleo

Se modifican las condiciones en las que puede realizarse un contrato en prácticas y se incentivan con una bonificación del 50% de la cuota de la seguridad social durante toda la vigencia del contrato cuando se celebren con menores de 30 años.

Entre las nuevas opciones admitidas para los contratos en prácticas están:

  • Jóvenes menores de 30 años que hayan terminado sus estudios hace más de cinco años.
  • Transformación de becas y prácticas no laborales.
  • Posibilidad de celebrar un contrato en prácticas tras un contrato para la formación anterior en la misma empresa que haya dado lugar a la obtención de un certificado de profesionalidad.


Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de la economía social

Las empresas de economía social dispondrán de bonificaciones de 800 euros al año durante tres años en el caso de las cooperativas y sociedades laborales y de 1.650 euros al año en el caso de las empresas de inserción que incorporen a jóvenes menores de 30 años en situación de exclusión social.


Contratación de mayores de 45 años por parte de jóvenes autónomos

Los autónomos menores de 30 años dispondrán de una bonificación del 100% de las cuotas de la seguridad social por la contratación indefinida de desempleados de larga duración mayores de 45 años.

Requisitos del autónomo: ser menor de 30 años y no tener trabajadores contratados anteriormente. Con un compromiso de permanencia de 18 meses.

Requisitos del trabajador: parado de larga duración (12 meses) con 45 o más años o beneficiario del Plan Prepara.

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