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Uso de cigarrillos electrónicos en establecimientos hosteleros

¿Está permitido el uso de cigarrillos electrónicos en bares?

La Reforma de la Ley antitabaco aprobada en junio de 2010 prohibió el tabaco en todos los espacios cerrados (que no sean al aire libre) de uso público o colectivo, al igual que en los alrededores de recintos sanitarios o educativos.

Esta ley afecta en parteo al vapeo o el uso de los cigarrillos electrónicos, pero todavía hay lagunas no legisladas, pues aún hay diferentes opiniones y lagunas en el conocimiento sobre los efectos a largo plazo del vapor de estos cigarrillos sobre las personas que se encuentran cerca de un vapeador o usuario de cigarrillos electrónicos.

En cualquier caso, la ley prohíbe vapear en lugares que pertenezcan a las Administraciones públicas (oficinas, centros sanitarios, centros educativos, etc.), incluidos los espacios al aire libre dentro de estos edificios, así como en zonas infantiles (parques, etc.) o en cualquier tipo de transporte público.

¿Está permitido el uso de cigarrillos electrónicos en bares, restaurantes y demás?

Respecto a los bares, restaurante, hoteles o cualquier centro de trabajo privado, está permitido vapear siempre y cuando así lo decida el propietario del establecimiento, siendo lo apropiado advertir con la respectiva cartelería que indique el permiso o la prohibición.