La Reforma de la Ley antitabaco aprobada en junio de 2010 prohibió el tabaco en todos los espacios cerrados (que no sean al aire libre) de uso público o colectivo, al igual que en los alrededores de recintos sanitarios o educativos.
Esta ley afecta en parteo al vapeo o el uso de los cigarrillos electrónicos, pero todavía hay lagunas no legisladas, pues aún hay diferentes opiniones y lagunas en el conocimiento sobre los efectos a largo plazo del vapor de estos cigarrillos sobre las personas que se encuentran cerca de un vapeador o usuario de cigarrillos electrónicos.
En cualquier caso, la ley prohíbe vapear en lugares que pertenezcan a las Administraciones públicas (oficinas, centros sanitarios, centros educativos, etc.), incluidos los espacios al aire libre dentro de estos edificios, así como en zonas infantiles (parques, etc.) o en cualquier tipo de transporte público.
¿Está permitido el uso de cigarrillos electrónicos en bares, restaurantes y demás?
Respecto a los bares, restaurante, hoteles o cualquier centro de trabajo privado, está permitido vapear siempre y cuando así lo decida el propietario del establecimiento, siendo lo apropiado advertir con la respectiva cartelería que indique el permiso o la prohibición.