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Facilitador Financiero del Instituto de Crédito Oficial (ICO)

El Facilitador Financiero es una página web de Internet, creada por el Instituto de Crédito Oficial, para facilitar a las pymes y autónomos el acceso a las solicitudes de financiación para inversiones o liquidez.

Actualización 2019: el portal Facilitador Financiero del ICO ya no está en funcionamiento

Cualquier autónomo o pyme, que cumpla los requisitos establecidos por el ICO, puede a través de esta página rellenar fácil y cómodamente la solicitud de financiación y conocer si la misma es aprobada o rechazada.

Requisitos

Las empresas deberán ser pymes según los criterios establecidos por la Unión Europea: no igualar ni superar el número de 250 empleados; tener un volumen de negocio inferior o igual a 50 millones de euros y/o un importe de balance general anual inferior a 43 millones de euros; y no participar o estar participas en un porcentaje igual o superior al 25% por empresas no pymes (que no cumplen las características anteriores). Además las pequeñas y medianas empresas que quieren solicitar financiación deberán ser residentes en España.

Los autónomos deberán ser residentes en España y estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Posibilidades de financiación

Existen dos líneas de financiación y una línea de asesoramiento para obtener financiación.

ICO Directo (Financiación directa)

Es una línea de financiación para pymes y autónomos que ya llevan ejerciendo su actividad laboral un año o más, desde la fecha de constitución de la empresa. Se pueden solicitar hasta 200.000 € por titular y, en caso de ser aprobada la solicitud, se obtiene un préstamo directo del ICO, en el que este asume el 100% del riesgo, formalizado y gestionado a través del BBVA o del Banco Santander que actúa en su nombre. Es decir, el titular al que le es concedido el préstamo se convierte en deudor del ICO.

ICO SGR (Línea de financiación ICO-Sociedad de Garantía Recíproca)

Los autónomos o pymes que ya llevan ejerciendo un año o más su actividad empresarial podrán solicitar entre 200.001 € y 600.000 €.

Los autónomos o pymes que lleven menos de un año ejerciendo su actividad laboral (emprendedores) podrán solicitar hasta 600.000 €.

Si la solicitud es aprobada La Sociedad de Garantía Recíproca avala la operación en su totalidad (100%) ante las entidades financieras. El ICO, a su vez, avala al SGR hasta el 50% del riesgo, de cada operación aceptada. El titular del préstamo recibido se convierte así en deudor de la entidad financiera pero cuenta con el aval de la SGR que responderá por él en caso de incumplimiento del pago.

ICO Asesoramiento

Servicio ofrecido por el ICO para pymes y autónomos que hayan visto rechaza su solicitud de financiación (hasta 2 millones de euros) en alguna entidad bancaria. El servicio de asesoramiento analiza la solicitud y actúa como mediador entre el solicitante y la entidad bancaria seleccionada por este; pero es el banco quien finalmente decide si acepta o rechaza la operación.

Análisis de la solicitud de financiación

Tanto el ICO como las entidades bancarias para conceder o rechazar una solicitud de financiación valoran la capacidad de endeudamiento del solicitante, es decir, calculan las probabilidades que tiene el mismo de devolver el dinero prestado. Esta valoración o análisis de riesgo se realiza gracias a la información económico-financiera del titular y del negocio.

Para más información leer el artículo “Criterios de los bancos para aprobar/denegar solicitudes de préstamos” (http://redautonomos.es/gestion-financiera/criterios-prestamos).

Cómo hacer la solicitud de financiación

Para poder solicitar la financiación el autónomo o pyme debe registrase en el Portal del Facilitador Financiero, introducciendo una cuenta de correo electrónico, su identificación (DNI, NIF) y un número de teléfono. Una vez registrado el portal le concede un usuario y contraseña con el que acceder a todos los servicios ofrecidos.

Las pymes que deseen realizar una solicitud de financiación deberán tener preparada la siguiente información del último ejercicio fiscal cerrado: el Balance, la Cuenta de Pérdidas y Ganancias; el modelo 201 del Impuesto sobre sociedades; y la declaración de IVA.

Los autónomos que deseen realizar una solicitud de financiación deberán tener preparado: una declaración de IRPF y una declaración de bienes.

Las solicitudes se realizan en la opción Alta operación introduciendo los datos anteriores (la página va guiando en todo el proceso) y se formaliza cuando se da al botón de Finalizar. Mientras no se “Finalice” el usuario puede modificar los datos e incluso darse de baja en el servicio.

Una vez finalizada la solicitud, esta es enviada telemáticamente al ICO para su análisis. A partir de ese momento el ICO se pone en contacto con el solicitante a través del correo electrónico aportado en el registro y le indica los pasos a seguir.

Teléfono de atención al cliente del Facilitador Financiero: 900 567 777

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